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El Seguro Obligatorio de Viajeros, incluido en el billete, indemniza por lesiones, incapacidad y fallecimiento desde 42.070 a 72.121euros
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Es necesario guardar todos los documentos para reclamar otras indemnizaciones en caso de responsabilidad civil de la empresa
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Última hora del accidente de dos trenes en Urda, Toledo

Los viajeros afectados por el accidente ferroviario de Urda (Toledo) y sus familiares tienen derecho, además de a asistencia sanitaria y atención psicológica, a compensaciones económicas por los daños sufridos. La primera cobertura a la que pueden acogerse es el Seguro Obligatorio de Viajeros (SOV), que va incluido en el billete de tren que ampara a los usuarios en caso de lesiones, incapacidad o fallecimiento como consecuencia de un accidente durante el transporte.
Si la investigación del siniestro determinara que hay algún tipo de responsabilidad civil por parte de un tercero (ya sea una empresa, un particular o una entidad pública), los afectados también podrían reclamar más allá del pago estándar otras indemnizaciones por daños y perjuicios, incluidas compensaciones por secuelas físicas o psicológicas, gastos médicos, pérdida de ingresos o daños morales.

El Seguro Obligatorio de Viajeros
Todas las personas que viajan con un billete válido a bordo de los trenes accidentados están protegidas por el Seguro Obligatorio de Viajeros (SOV), regulado por el Real Decreto 1575/1989. una cobertura exigida por ley para los servicios de transporte público, como es el ferrocarril.
Este seguro cubre los daños corporales que puedan sufrir los pasajeros y el personal de la empresa de transportes como consecuencia directa de un accidente ocurrido durante el viaje. Entre las contingencias cubiertas figuran las lesiones, la incapacidad permanente y el fallecimiento.
La cuantía de la indemnización depende de la gravedad de las lesiones y de las secuelas que puedan quedar. En los casos más graves, el Seguro Obligatorio de Viajeros contempla indemnizaciones por fallecimiento (tanto en el momento del suceso como en los 18 meses posteriores como consecuencia del mismo) e incapacidad permanente o temporal. Ascienden hasta 72.121 euros por fallecido, una cantidad que se duplicó en 2014 tras el accidente del tren Alvia en Santiago de Compostela. Según el BOE, se establecen indemnizaciones de 42.070 euros por invalidez permanente total y 54.090 por gran invalidez.
¿Se pueden reclamar otras indemnizaciones?
Sí. Las prestaciones del Seguro Obligatorio de Viajeros pueden complementarse con otras posibles reclamaciones. Además de la cobertura incluida en el billete, los afectados podrían solicitar indemnizaciones adicionales si la investigación del accidente concluye que existe responsabilidad civil por parte de alguna de las entidades implicadas en la prestación del servicio ferroviario o incluso de un particular.
En esos casos, las indemnizaciones pueden incluir tanto daños patrimoniales como extrapatrimoniales.
Los daños patrimoniales son los que tienen un impacto directo en la economía de la persona afectada a raíz del siniestro. Entre ellos pueden incluirse:
- Gastos médicos, farmacéuticos o de rehabilitación
- Gastos de desplazamiento o alojamiento derivados del accidente
- Daños en equipajes u otros bienes personales
- Pérdida de ingresos por bajas laborales, limitación para trabajar o incapacidad permanente a causa de las lesiones (lucro cesante)
- En caso de fallecimiento, gastos de sepelio y otros desembolsos asociados
Los daños extrapatrimoniales, que son los personales, afectan a la integridad física, psíquica o emocional de la víctima y no pueden medirse únicamente en términos económicos. Pueden comprender:
- Lesiones físicas y sus secuelas permanentes
- Daños psicológicos o trastornos derivados del accidente
- Incapacidad temporal o permanente
- Pérdida de calidad de vida como consecuencia de las lesiones
- Daño moral, incluido el sufrimiento padecido por las víctimas y sus familiares en los casos más graves
La valoración de estos conceptos depende de las circunstancias concretas de cada afectado y de las conclusiones que determine la investigación sobre las causas del siniestro.
¿Qué documentación conviene conservar?
Los especialistas aconsejan guardar toda la documentación relacionada con el accidente desde el primer momento. Entre los documentos más importantes figuran:
- Billete, abono o justificante del viaje (localizador, email de compra)
- Informes médicos y partes de urgencias, alta y lesiones
- Justificantes de ingreso hospitalario
- Recetas y facturas de medicamentos y tratamientos
- Gastos de desplazamiento o alojamiento derivados del accidente
- Partes de baja laboral y documentación que acredite pérdidas económicas
- Cualquier informe psicológico, de traumatología o rehabilitación posterior
Además de todo lo anterior, el ICAM (Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid), también recomienda recabar y conservar contactos de otros pasajeros o fotos del vagón y la ubicación. También recuerda que la Ley 41/2002 reconoce el derecho de acceso a la documentación clínica. Toda esta documentación puede resultar fundamental para acreditar los daños sufridos y tramitar futuras reclamaciones.
Los derechos reconocidos por la normativa europea
Los pasajeros también están amparados por el Reglamento (UE) 2021/782 sobre los derechos y las obligaciones de los viajeros de ferrocarril, que obliga a las empresas ferroviarias a prestar asistencia a los afectados por accidentes graves, a facilitar información sobre los procedimientos de reclamación e indemnización y gestionar las incidencias (reembolsos, transporte alternativo, atención en las estaciones)
También refuerza además el derecho de los viajeros a recibir atención y acompañamiento en situaciones de emergencia. Prevé la realización de pagos a cuenta para cubrir necesidades urgentes, con un importe no inferior a 21.000 euros en los supuestos de muerte y en un plazo máximo de 15 días desde la identificación de los beneficiarios.
Dónde informarse y presentar reclamaciones
Las personas afectadas pueden dirigirse en primer lugar a la compañía ferroviaria con la que realizaban el viaje para informarse sobre la tramitación de las coberturas del Seguro Obligatorio de Viajeros y de cualquier otra reclamación relacionada con el accidente.
Renfe e Iryo han activado sus protocolos de atención a víctimas tras el accidente ferroviario registrado entre Mora y Urda (Toledo). Renfe ha puesto a disposición de los afectados y sus familiares el teléfono gratuito 900 10 10 20, en el marco de su Plan de Asistencia a las Víctimas de Accidentes Ferroviarios y a sus Familiares (PAVAFF). Iryo, por su parte, ha habilitado el número 900 001 403 para facilitar información y apoyo a los pasajeros afectados por el siniestro.
También es recomendable conservar las comunicaciones recibidas por la compañía y consultar las actualizaciones oficiales que publiquen las empresas ferroviarias y las administraciones competentes conforme avance la investigación.