El Tribunal Internacional de Justicia

La Corte Internacional de Justicia (CIJ, también llamada Tribunal Internacional de Justicia) es el principal órgano judicial de las Naciones Unidas. Fue establecida en 1945 en La Haya (Países Bajos), siendo la continuadora, a partir de 1946, de la Corte Permanente de Justicia Internacional en 1946 en La Haya se reúne por primera vez

Sus funciones principales son resolver por medio de sentencias las disputas que le sometan los Estados (procedimiento contencioso) y emitir dictámenes u opiniones consultivas para dar respuesta a cualquier cuestión jurídica que le sea planteada por la Asamblea General o el Consejo de Seguridad, o por las agencias especializadas que hayan sido autorizadas por la Asamblea General de acuerdo con la Carta de las Naciones Unidas (procedimiento consultivo). El Estatuto de la Corte Internacional de Justicia forma parte integral de dicha Carta, situada en su capítulo XXV. En virtud del artículo 30 del Estatuto, la Corte adoptó el 14 de abril de 1978 un reglamento mediante el cual se determinó la manera de ejercer sus funciones y, en particular, sus reglas de procedimiento.

Los idiomas oficiales de la corte son el francés y el inglés.

Jurisprudencia

La jurisprudencia internacional no es una fuente del Derecho, es decir, no crea derecho, sino que es sólo un «medio auxiliar para la determinación de las reglas de derecho» (art. 38, 1, d) del Estatuto de la CIJ). Los dictámenes, junto con las decisiones en asuntos contenciosos, forman parte de esta jurisprudencia internacional, que tiene como principal función la de servir como elemento de interpretación del Derecho Internacional. La CIJ ha hecho en la práctica un uso indistinto como precedentes de sus dictámenes y sentencias, tratando a ambos tipos de resoluciones en pie de igualdad. Ambas, por tanto, son igualmente jurisprudencia. Ello se producía ya en la Corte Permanente de Justicia Internacional, que también podía dictar tanto dictámenes como sentencias.1

Legitimación de las partes

Existen dos tipos de procedimientos dentro de la CIJ: el contencioso (para disputas entre Estados) y el consultivo (para aclaraciones jurídicas a órganos de la ONU).2

Pueden recurrir a la Corte de justicia, en materia contenciosa, todos los Estados que sean parte en su Estatuto, lo que incluye automáticamente a todos los Miembros de las Naciones Unidas. Un Estado que no sea Miembro de las Naciones Unidas puede llegar a ser parte en el Estatuto de la Corte en las condiciones que en cada caso determine la Asamblea General, por recomendación del Consejo de Seguridad. Otros Estados, no Miembros de las Naciones Unidas y no partes en el Estatuto, pueden encomendarle casos en las condiciones que establezca el Consejo de Seguridad según la Resolución 9 del 15 de octubre de 1946. Además, el Consejo puede recomendar que un litigio se remita a la Corte.

Tanto la Asamblea General como el Consejo de Seguridad pueden solicitar una opinión consultiva de la Corte sobre cualquier cuestión jurídica. Otros órganos de las Naciones Unidas y los organismos especializados, con autorización de la Asamblea General, pueden solicitar opiniones consultivas sobre cuestiones jurídicas que correspondan al ámbito de sus actividades.

Ninguna persona individual, física o jurídica, podrá recurrir a la Corte, ni en la vía contenciosa ni en la consultiva.

Procedimiento contencioso: sentencias

Solamente los Estados pueden ser parte en los asuntos contenciosos planteados a la Corte Internacional de Justicia. La jurisdicción de la Corte está limitada a los asuntos en los que ambas partes han sometido su disputa a la Corte. Cada parte debe cumplir las obligaciones que le incumban como consecuencia del juicio emitido por la Corte, el Consejo de Seguridad puede ser invitado a «hacer recomendaciones o decidir sobre medidas» si así lo estima pertinente.

En la práctica, los poderes de la Corte se han visto limitados por la desgana de las partes condenadas en respetar las sentencias de la Corte, o por la imposibilidad del Consejo de Seguridad para imponer las consecuencias del juicio, muy especialmente si el fallo va en contra de los intereses de uno de los cinco países miembros del Consejo de Seguridad que tiene el poder del veto sobre cualquier decisión.

Sin embargo, en lo que concierne a las partes, un juicio de la Corte es vinculante, final y sin posibilidad de apelación y, como consecuencia de la firma de la Carta de las Naciones Unidas, cada Estado Miembro de las Naciones Unidas se compromete automáticamente a obedecer cualquier sentencia de la Corte Internacional de Justicia en un asunto en el cual sea parte. Asimismo, la Carta de las Naciones Unidas contempla en su artículo 94 párrafo segundo la posibilidad de los Estados de recurrir frente a un incumplimiento de una resolución de la Corte al Consejo de Seguridad, el cual tiene la potestad de hacer recomendaciones o dictar medidas con el fin de que se cumpla lo fallado por parte de la Corte en el caso particular.

Por ejemplo, los Estados Unidos habían aceptado previamente la jurisdicción obligatoria de la Corte desde su creación en 1946 pero retiró su aceptación tras el juicio de 1984 que compelió a los Estados Unidos a «cesar y abstenerse» del «uso ilegal de la fuerza» contra el gobierno de Nicaragua. La Corte afirmó que los Estados Unidos se encontraban incursos «en una infracción de su obligación bajo el Derecho internacional consuetudinario de abstención del uso de la fuerza contra otro Estado» y le fue ordenado pagar compensaciones, aunque nunca cumplió su obligación.

Algunos ejemplos de asuntos puestos en consideración de la Corte Internacional de Justicia:

Procedimiento consultivo: dictámenes

Los dictámenes o consultivas son realizadas en una función de la Corte que solo está abierta a ciertos organismos y agencias de las Naciones Unidas. Al recibir una consulta, la Corte decide acerca de qué Estados y organizaciones pueden proporcionar información útil y les da la oportunidad de presentar declaración de forma oral o escrita. El procedimiento consultivo de la Corte está diseñado con base en el procedimiento contencioso y por lo tanto las fuentes de derecho aplicables son las mismas en ambos procedimientos. A menos que se haya pactado que el fallo sea vinculante, en principio los dictámenes de la Corte son de carácter consultivo y por lo tanto no son vinculantes para las partes que los solicitan. Sin embargo, ciertas normas o instrumentos pueden adelantar a las partes que la opinión resultante será vinculante.

Ejemplos recientes de dictámenes serían:

  • El Dictamen de la Corte Internacional de Justicia de 8 de julio de 1996 sobre la legalidad de la amenaza o el empleo de armas nucleares;
  • El Dictamen de la Corte Internacional de Justicia de 9 de julio de 2004 sobre las consecuencias jurídicas de la construcción de un muro en el territorio palestino ocupado.

Magistrados

La Corte está integrada por 15 magistrados elegidos por la Asamblea General y el Consejo de Seguridad, en votaciones democráticas. Se los elige por sus méritos y si fallece en funciones se buscará que sea de la misma nacionalidad, y se intenta que estén representados en la Corte los principales sistemas jurídicos del mundo. No puede haber dos magistrados que sean nacionales de un mismo Estado. Los magistrados cumplen mandatos de nueve años y pueden ser reelegidos. No pueden dedicarse a ninguna otra ocupación mientras dure su mandato. No pueden tampoco participar en la decisión de ningún asunto en que hayan intervenido anteriormente como agentes, consejeros o abogados de cualquiera de las partes, o como miembros de un tribunal nacional o internacional o de una comisión investigadora, o en cualquier otra calidad. Un tercio de la Corte es elegido cada tres años. Cada uno de los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad (los Estados UnidosFrancia, el Reino Unido, la República Popular de China y Rusia) tiene siempre un juez en la Corte Mundial.

La elección se realiza a través de un régimen de doble escrutinio. Para que una persona sea elegida para integrar la Corte, es necesario que haya contado con una mayoría absoluta de votos en la Asamblea General de las Naciones Unidas y en el Consejo de Seguridad.

En 1889 se creó la Corte Permanente de Arbitraje, que es una lista de nombres, cuatro propuestos por cada Estado, de la cual pueden las partes en un conflicto escoger árbitros.

Por lo común, la Corte celebra sesiones plenarias, pero también puede constituir unidades más pequeñas, denominadas «salas», cuando las partes lo soliciten. Las decisiones sometidas a la Corte se deciden por la mayoría de los jueces presentes pero las sentencias dictadas por las salas se consideran dictadas por la Corte en pleno. La Corte ha constituido además una Sala de Asuntos Ambientales.

Juramento

Los magistrados deben realizar, en la primera audiencia pública en la que el miembro del Tribunal esté presente, el siguiente juramento o declaración solemne:3

«Declaro solemnemente que cumpliré mis deberes y ejerceré mis atribuciones de juez, honrada y fielmente, con absoluta imparcialidad y con toda conciencia».

Presidentes

# Presidente Inicio Fin
1 Bandera de El Salvador José Gustavo Guerrero 1946 1949
2 Bandera de Francia Jules Basdevant 1949 1952
3 Bandera de Reino Unido Arnold McNair 1952 1955
4 Bandera de Estados Unidos Green Hackworth 1955 1958
5 Bandera de Noruega Helge Klæstad 1958 1961
6 Bandera de Polonia Bohdan Winiarski 1961 1964
7 Bandera de Australia Percy Spender 1964 1967
8 Bandera del Perú José Luis Bustamante y Rivero 1967 1970
9 Bandera de Pakistán Muhammad Zafarullah Khan 1970 1973
10 Bandera de Polonia Manfred Lachs 1973 1976
11 Bandera de Uruguay Eduardo Jiménez de Aréchaga 1976 1979
12 Bandera de Reino Unido Humphrey Waldock 1979 1981
13 Bandera de Nigeria Taslim Elias 1982 1985
14 Bandera de India Nagendra Singh 1985 1988
15 Bandera de Argentina José María Ruda 1988 1991
16 Bandera de Reino Unido Robert Jennings 1991 1994
17 Bandera de Argelia Mohammed Bedjaoui 1994 1997
18 Bandera de Estados Unidos Stephen Schwebel 1997 2000
19 Bandera de Francia Gilbert Guillaume 2000 2003
20 Bandera de la República Popular China Shi Jiuyong 2003 2006
21 Bandera de Reino Unido Rosalyn Higgins 2006 2009
22 Bandera de Japón Hisashi Owada 2009 2012
23 Bandera de Eslovaquia Peter Tomka 2012 2015
24 Bandera de Francia Ronny Abraham 2015 2018
25 Bandera de Somalia Abdulqawi Ahmed Yusuf 2018

Composición actual

La composición de la Corte Internacional de Justicia al 7 de febrero de 2018 es la siguiente:4

 

Nombre País de procedencia Cargo Fecha de nombramiento Fecha de salida
Abdulqawi Ahmed Yusuf Flag of Somalia.svg Somalia Presidente 2009 2027
Xue Hanqin Bandera de la República Popular China China Vicepresidente 2010 2021
Hisashi Owada Bandera de Japón Japón Miembro 2003 2021
Peter Tomka Flag of Slovakia.svg Eslovaquia 2003 2021
Ronny Abraham Flag of France.svg Francia 2005 2027
Mohamed Bennouna Bandera de Marruecos Marruecos 2006 2024
Antônio Augusto Cançado Trindade Flag of Brazil.svg Brasil 2009 2027
Joan Donoghue Flag of the United States.svg Estados Unidos 2010 2024
Giorgio Gaja Flag of Italy.svg Italia 2012 2021
Julia Sebutinde Bandera de Uganda Uganda 2012 2021
Dalveer Bhandari Flag of India.svg India 2012 2021
James Crawford Flag of Australia.svg Australia 2015 2024
Kirill Gevorgian Flag of Russia.svg Rusia 2015 2024
Patrick Lipton Robinson Bandera de Jamaica Jamaica 2015 2024
Nawaf Salam Bandera de Líbano Líbano 2018 2027

 

Véase también