Los patinetes eléctricos en Murcia tendrán que estar registrados desde este viernes

Los denominados vehículos personales ligeros registraron 3.475 denuncias en 2025, principalmente, por viajar más de una persona y circular por la acera

Tres personas circulan en sus patinetes en una calle de Murcia.

Tres personas circulan en sus patinetes en una calle de Murcia. / Israel Sánchez

Judit López Picazo  LA OPINIÓN

La nueva regulación que establece el registro para los patinetes eléctricos -denominados en la norma como vehículos personales ligeros- entra en vigor con su publicación oficial en el Boletín Oficial del Estado (BOE) este viernes.

El Consejo de Ministros aprobó el martes el real decreto que regula el funcionamiento de este nuevo registro para los patinetes. Este decreto, junto a otras leyes en materia de movilidad aprobadas recientemente, crean por primera vez un marco normativo a nivel estatal específico para los patinetes eléctricos.

Aunque este marco estatal se complementa con las ordenanzas municipales, pues son los ayuntamientos los encargados de establecer las sanciones y el cuerpo de Policía Local el que tiene la competencia sancionadora.

Regulación municipal

En el caso de Murcia, las infracciones y sus respectivas sanciones quedan recogidas en la primera ordenanza de movilidad del municipioaprobada en el Pleno municipal en marzo de 2024, documento que regula, también por primera vez, el uso de los vehículos de movilidad personal en el término municipal.

En el marco de esta ordenanza, el año pasado se interpusieron 3.475 denuncias a los usuarios de los patinetes eléctricos y se introdujo una novedad en cuanto al uso de estos vehículos: una edad mínima de 15 años y, por debajo de ese límite, solo podrán usar este tipo de vehículos los menores acompañados y bajo la supervisión de sus progenitores o tutores legales.

La ordenanza prohíbe a los menores de 15 años circular solos y obliga a llevar casco en vías interurbanas

En cuanto al uso del casco, la ordenanza municipal solo indica que es recomendable, salvo que se circule por vías interurbanas, en cuyo caso será obligatorio.

La norma municipal también prohíbe el uso de estos vehículos por aceras y otras zonas peatonales, e indica que deberán circular de forma preferente por los carriles bici situados en la calzada y sobre las aceras -en este caso, no excediendo los 10 kilómetros por hora-.

Marco estatal

La norma hace distinción entre los patinetes nuevos y los que ya están en circulación. En cuanto a los nuevos, deberán estar inscritos en el registro y adaptados a la normativa desde que se pongan en circulación, y los fabricantes o vendedores deberán facilitar el registro.

Por otro lado, los usuarios de los patinetes que ya estén en circulación dispondrán de un periodo de adaptación, todavía sin concretar en la publicación del BOE, pues el registro se pondrá en marcha a raíz de la publicación del decreto.

Durante este periodo transitorio, en el que no se podrán poner multas por incumplir el reglamento, los propietarios de los patinetes deberán inscribirlos en el registro y colocar la pegatina identificativa.

Obligaciones

A partir de ahora, los patinetes no necesitarán permiso de circulación, pero sí cumplir ciertos requisitos: disponer de certificado de circulación, inscribirse en el recién estrenado registro y llevar en el vehículo tanto la etiqueta identificativa como la placa de marcaje del fabricante.

El registro se pondrá en marcha a raíz de la publicación del decreto y en el BOE y, una vez obtenido el certificado de inscripción, el titular podrá adquirir la etiqueta identificativa que deberá llevar en la parte trasera de su vehículo.

Además, los propietarios deberán contar con un seguro obligatorio de responsabilidad civil de los vehículos personales ligeros, definidos en la nueva normativa por su carácter de vehículos unipersonales, que alcanzan una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora y cuentan con limitación de potencia máxima.

Infracciones

El año pasado se formularon 3.475 denuncias contra usuarios de patinetes eléctricos en el término municipal de Murcia, informó el Ayuntamiento a esta redacción. La principal causa por la que se interpusieron dichas sanciones fue la presencia de más de una persona en el mismo patinete.

A este motivo, le siguen circular por aceras o espacios peatonales, saltarse semáforos en rojo y la conducción temeraria. Otras causas frecuentes son el uso del móvil, no llevar casco, conducir con menos de 15 años y circular por dirección prohibida.

Etiqueta identificativa

La etiqueta identificativa que deberán llevar los propietarios de los patinetes mostrará el número de identificación -compuesto por un código con la letra M, cuatro números y tres letras- y se expedirá por los manipuladores de placas de matrícula. 

El decreto publicado en el BOE especifica que los vehículos deberán disponer en la parte trasera de un espacio porta-identificador para llevar la etiqueta identificativa bajo la luz trasera, formando un ángulo de 30 grados con la vertical en la dirección de avance.

Asimismo, el documento indica que el borde inferior de la etiqueta identificativa no deberá quedar a menos de 50 milímetros del plano del suelo y que el espacio para pegar la etiqueta identificativa deberá tener unas dimensiones de 52,8 mm de ancho y 65 mm de alto.