En la autovía del Noroeste-Río Mula RM-15 (A-7 Caravaca)
La Policía Local de Cehegín logró detener el vehículo en la autovía y conducirlo fuera de la autovía
Circuló 12 kilómetros sentido contrario, en el tramo entre Bullas y Cehegín, donde varios vehículos tuvieron que maniobrar bruscamente para evitar una colisión
Se le atribuye la presunta autoría de dos delitos contra la seguridad vial
La Guardia Civil de la Región de Murcia, en colaboración con la Policía Local de Cehegín, ha investigado al conductor de un vehículo, por circular por la carretera RM-15 en sentido contrario al establecido y superando las tasas máximas de alcoholemia, una conducción que puso en grave riesgo la vida e integridad física de los usuarios de la carretera.
Los hechos tuvieron lugar en la autovía RM-15, que une el la autovía A-7 con Caravaca de la Cruz, entre los municipios de Bullas y Cehegín, cuando, gracias a la colaboración ciudadana se detectó que un vehículo circulaba en sentido contrario al establecido, concretamente se dirigía sentido Caravaca de la Cruz por la calzada reservada al sentido Alcantarilla.
La central COTA del Sector de Tráfico de Murcia alertó al equipo de Atestados de la incidencia, que se movilizó hasta el lugar para detener el vehículo y evitar posibles colisiones con el resto de usuarios de la vía.
Paralelamente, una patrulla en servicio de la Policía Local de Cehegín también fue alertada de los hechos a través del teléfono de Emergencias 112, que se dirigió al lugar mientras se personaba la Guardia Civil de Tráfico.
La patrulla de la Policía Local visualizó el vehículo que circulaba de forma errónea a la altura del km., 51, pero su conductor hizo caso omiso a las órdenes de detención de los agentes. Entonces se inició un seguimiento haciendo uso de la señalización especial (acústica y luminosa del vehículo oficial), en el que se recorrieron alrededor de dos kilómetros intentando que detuviera el vehículo.
Finalmente, el conductor detuvo el vehículo a la altura del kilómetro 53 de la autovía, carril de salida hacia Cehegín, el cual circulaba sentido contrario al estipulado dirección Caravaca por la calzada sentido Alcantarilla, habiéndose incorporado en el kilómetro 41. Una circulación que provocó que varios de los vehículos que circulaban correctamente tuvieran que maniobrar bruscamente para evitar colisionar frontalmente, todo ello con desprecio a su vida y a la del resto de usuarios que circulaban correctamente por la vía.
Los agentes de Policía Local restablecieron inmediatamente la circulación, que se vio alterada por esta conducción anómala, sacando de la plataforma de la vía al vehículo y conductor infractor un varón, de 72 años, que presentaba claros signos de hallarse bajo la influencia de bebidas alcohólicas, por lo que, en un primer momento, fue sometido a las preceptivas pruebas de alcoholemia en el etilómetro de aproximación, arrojando el resultado de 0,65 y 0,60 miligramos de alcohol en aire espirado.
De los hechos se instruyeron diligencias por el equipo de Atestados de la del Sector de Tráfico de Murcia, que investigó al conductor y le instruyó diligencias como presunto autor de dos delitos contra la seguridad vial. Uno por circular con temeridad manifiesta sentido contrario en autovía poniendo en peligro concreto la vida o la integridad de otros usuarios, y otro por conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
El vehículo implicado, fue retirado por el servicio de grúa municipal del Ayuntamiento de Cehegín, quedando depositado a disposición de la autoridad judicial como instrumento del delito.
El investigado, el vehículo implicado y las diligencias instruidas han sido puestos a disposición del Juzgado de Instrucción de Caravaca de la Cruz (Murcia).
El delito de conducción con temeridad manifiesta se encuentra recogido en el artículo 380 del Código Penal y puede ser castigado con penas de prisión de 6 meses a 2 años, y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años.
Por otro lado, el delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, se encuentra recogido en el artículo 379.2 del Código Penal y puede ser castigado alternativamente con penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y en cualquier caso con privación de derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.
La Guardia Civil sigue reiterando su mensaje a aquellos conductores que de forma imprudente y temeraria, a pesar de las campañas y advertencias de la Dirección General de Tráfico (DGT), conducen después de haber bebido alcohol o tomado drogas, recordando que la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil sigue desarrollando su actividad específica de vigilancia de la seguridad vial durante las 24 horas del día, en especial en aquellas actividades de mayor riesgo, donde se practicarán las preceptivas pruebas de alcoholemia y drogas a todos los conductores que sean denunciados por la comisión de infracciones, implicación en accidentes o aquellos otros en que se detecte su consumo en el curso de otras actividades de vigilancia e inspección que se lleven a cabo.
Por otro lado, la Guardia Civil de la Región de Murcia quiere apelar a la colaboración ciudadana, como es este caso, para que avisen al teléfono 062 (Guardia Civil) o 112 (Emergencias) o directamente a las patrullas en servicio, cuando se encuentran con situaciones anómalas o maniobras irregulares que den lugar a pensar que los conductores lo hacen bajo la influencia de drogas o alcohol, con la finalidad de poder adoptar las medidas policiales oportunas para que estos vehículos sean interceptados y comprobado si sus conductores se encuentran en las condiciones adecuadas para circular con garantías de seguridad, evitando el consiguiente riesgo.