Estos son los motivos por los que los usuarios de patinete en Murcia reciben más multas

La Policía Local destaca dos sanciones concretas del informe elaborado con los datos de los últimos 10 meses

Un patinete en la Alameda de Colón enfila hacia el cruce donde desaparece el carril bici.

Un patinete en la Alameda de Colón enfila hacia el cruce donde desaparece el carril bici. / Francisco Peñaranda

La Opinión

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Circular por aceras y zonas peatonales y transportar más de un ocupante son las dos acciones que acumulan mayor número de sanciones a usuarios de patinetes eléctricos en el municipio de Murcia. Después figuran rebasar la luz roja no intermitente de los semáforos y conducir haciendo uso de auriculares o cascos.

Así lo ha detectado la Policía Local del municipio tras los 10 meses transcurridos desde la puesta en marcha de la ordenanza de movilidad, que, entre otros asuntos, incluye como novedad la regulación del uso de los Vehículos de Movilidad Personal (VPM), entre los que se encuentran los patinetes.

En concreto, la ordenanza establece que todos los usuarios de VMP deben respetar las normas generales de circulación y demás normativa y legislación vigente en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

Deben circular por carriles bici situados a cota de calzada respetando la velocidad y al resto de usuarios; carriles bici marcados sobre las aceras (o aceras bici) a velocidad moderada, no superior a 10 kilómetros por hora, y por las calles de coexistencia respetando la preferencia de peatones.

Al aproximarse a otros usuarios de la vía, los conductores deben adoptar las precauciones necesarias para no reducir la seguridad vial, respetando la preferencia de paso de los peatones, según especifica el documento municipal, que no se permite circular utilizando cascos o auriculares, ni el uso de dispositivos de telefonía móvil.

También está prohibida la circulación de este tipo de vehículos con más de un ocupante. La edad mínima permitida para circular con un VMP por las vías y espacios públicos es de 15 años. Los menores de este límite solo podrán hacer uso de un VMP cuando resulten adecuados a su edad, altura y peso, circulando por zonas cerradas al tráfico, y siempre bajo la responsabilidad de su tutor.

La ordenanza señala que, cuando circulen por el carril bici o por las calzadas en las que estén autorizados, los conductores lo harán por su derecha, advirtiendo con antelación suficiente los giros o cualquier maniobra y respetando las indicaciones de los semáforos, tanto los generales, como los exclusivos para bicicletas.

Además, el texto recomienda el uso del casco y disponer de un seguro de responsabilidad civil con cobertura en caso de accidente para daños a terceras personas, personales o materiales.