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El tribunal también ha concluido que, a raíz de la inmunidad soberana, no se puede exigir a España una compensación
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El Prestige se partió en 2002 cuando transportaba 70.000 toneladas de fuelóleo pesado
PorRTVE.es/EFE
La corte ha respaldado una decisión de 2023 del magistrado Christopher Butcher del Tribunal Superior que determinó que no podía inscribirse en la jurisdicción inglesa un fallo del 1 de marzo de 2019 del Tribunal Provincial de La Coruña, que halló a la London Steam-Ship Owners’ Mutual Insurance Association Limited responsable de indemnizar al Estado por el vertido tóxico en las costas de Galicia.
Los tres jueces del Tribunal de Apelación han coincidido con su colega en que la existencia previa de un laudo de arbitraje emitido el 13 de febrero de 2013 por el abogado Alastair Schaff, que exoneraba a la aseguradora británica de pagar al hacer valer dos cláusulas clave de su contrato con los dueños del buque, impedía el registro de ese dictamen.
Según se señala en el fallo de este jueves, la primera de las cláusulas exigía a las partes un arbitraje en Londres y la segunda preveía que la mutua, conocida en este proceso como ‘The Club’, «solo sería responsable de pagar si los propietarios lo hacían primero con su propio dinero».
No se puede exigir a España una compensación
Los magistrados han desestimado, no obstante, uno de los argumentos presentados por el Club, que adujo que no era aplicable en territorio inglés una decisión relativa al caso analizada en 2020, antes del Brexit, y emitida en 2022 por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE).
El Tribunal de Apelación también ha concluido este jueves, a favor de España, que, a raíz de la inmunidad soberana, no se puede exigir ni al Estado español ni a Francia que ofrezcan una compensación a la aseguradora por haber incumplido «la obligación equitativa de arbitraje» en Inglaterra.
El Prestige, con pabellón de Bahamas, se partió cuando transportaba 70.000 toneladas de fuelóleo pesado, causando daños en el litoral norte de España y el occidental de Francia, lo que abrió una larga disputa judicial de estos países con la aseguradora en varias jurisdicciones.
El Club se aferró en todo momento a que su contrato con los propietarios del barco establecía que cualquier litigio sería dirimido a través de un arbitraje en el Reino Unido.