El vicario judicial de este órgano, que en 2024 dictó 38 sentencias, subraya que el fin de todos sus procesos es la salvación de las almas

La notaria Concepción Vera; el vicario judicial, Gil Sáez, y el juez auditor Jesús López Abenza, en dependencias del Tribunal Eclesiástico. / JUAN CARLOS CAVAL
Ana Lucas 13 ABR 2025 6:00 LA OPINIÓN
«Nuestro objetivo es buscar un orden social justo y lleno de misericordia. La finalidad de todo el proceso es la salvación de las almas». Así se expresa Gil Sáez, vicario judicial del Tribunal Esclesiástico de la Diócesis de Cartagena. El órgano judicial, cuyas dependencias se encuentran en el Palacio Episcopal, junto a la Catedral de Murcia, abre a La Opinión las puertas de unos juzgados que no están presididos por una foto del rey, sino del Santo Padre, y en los que los jueces no llevan toga, sino sotana, puesto que «somos sacerdotes».
El Tribunal Eclesiástico, explican sus responsables, tiene dos funciones: «La primera es cumplir con la misión de que todas las normas canónicas, sean universales o particulares de una diócesis, se respeten y se apliquen; y la segunda es garantizar que todos los fieles: laicos, sacerdotes y religiosos puedan acudir al tribunal a hacer valer sus derechos si creen que estos se han vulnerado».
En estos juzgados, con paredes adornadas con imágenes de la Virgen de la Fuensanta y fotografías del obispo Lorca Planes, no se escuchará nunca ‘audiencia pública’ para invitar a los ciudadanos a entrar a presenciar un juicio. «No hay publicidad, porque estamos hablando de asuntos muy íntimos para las personas», indica Gil Sáez, que revela que «queremos evitar lo que pasa en los juzgados de Familia». Se refiere a escenas tensas entre personas implicadas en un proceso: por ese motivo, en los despachos y pasillos del Tribunal Eclesiástico de la Diócesis, «nunca coinciden las partes, que son citadas en días diferentes», hace hincapié el vicario, que atiende a este periódico acompañado de Jesús López Abenza, juez auditor.

Jesús López Abenza, juez auditor, en su despacho, con fotos del Santo Padre y la patrona de Murcia. / JUAN CARLOS CAVAL
Hay un ejemplar de la Biblia sobre varias de las mesas y crucifijos en todas las estancias, ubicadas de forma estratégica en un lugar apartado, más íntimo, de la segunda planta del Palacio Episcopal. Al entrar, recibe al visitante un póster de Juan Pablo II.
El Tribunal de la Diócesis de Cartagena dictó en 2024 un total de 38 sentencias, mientras que, en lo que va de 2025, lleva admitidas a trámite 25 demandas.
¿Qué cuestiones aborda el Tribunal? Principalmente, nulidades matrimoniales (el 60% de sus asuntos), pero también vulneración de derechos fundamentales, delitos contra el patrimonio y delitos económicos. Por ejemplo, si a un párroco se le acusa de robar dinero de sus fieles. Ilícitos que «son perseguibles en los dos ordenamientos», recalca Gil Sáez.
«Hay quien dice: ‘Mi nulidad me ha costado 5.000 euros’. Pues usted falta a la verdad, le ha costado las tasas del tribunal»
El órgano judicial recibe «quejas o denuncias contra sacerdotes o seglares, como sacristanes y catequistas», explica el vicario judicial.
En cuanto a qué diferencia hay entre el derecho canónico y el de los tribunales ordinarios, desde el Obispado subrayan que «en la justicia del Estado la finalidad es buscar un orden social justo, mientras que en la canónica ese orden social justo tiene que estar lleno de la misericordia de Jesucristo, que quiere la salvación de las almas».
«Han sufrido mucho»
Mención aparte merece el tema de las nulidades, lo que más tratan. Quienes la solicitan «son personas que han sufrido mucho, porque su proceso vital fracasó, y vienen a la Iglesia a saber si, ahora que están manteniendo otra relación, su matrimonio puede ser declarado nulo o no», significa el vicario judicial y juez eclesiástico.
«Aquí no es obligatorio el procurador, esa función la realiza el abogado: hay menos burocracia y se reduce el precio»
Se celebraron 30.000 bodas canónicas en la Región entre 2014 y 2018; después, el número se redujo a 13.000, según los datos que maneja el Obispado. Menos enlaces, menos peticiones de nulidad. La Diócesis deja claro que «los efectos de la nulidad solo afectan al sacramento, no a convenios reguladores o a la legitimidad de los hijos».
Los interesados en dirigirse al Tribunal pueden hacerlo por correo, a tribunaleclesiastico@diocesisdecartagena.org, o presencialmente de lunes a viernes (excepto agosto, que es inhábil) en horario de 9.00 a 14.00 horas. Se aconseja pedir cita en el 968226392 o en el 968226393.
Su ‘defensor del vínculo puede ser una mujer
El Tribunal Eclesiástico está compuesto por el vicario judicial (y, en consecuencia, presidente del órgano), que ejerce como juez eclesiástico. En este caso, Gil Sáez. Después, hay tres jueces eclesiásticos, un defensor del vínculo (hace las veces de fiscal), dos jueces auditores; y dos notarias, Inés Carrasco y Concepción Vera. «El papel de las notarias es también controlar el proceso, que cada parte cumpla con su obligación de presentar los documentos en tiempo y forma».
También forman parte del Tribunal de la Diócesis los especialistas externos: un elenco de 24 letrados que están especializados en esta rama del derecho, dos psiquiatras y tres psicólogos. «Son nuestros peritos, dos psicólogos y tres psiquiatras, que son grandes profesionales y prestan un servicio muy grande», elogia Gil Sáez.
El vicario precisa que el acceso a este tribunal no está vetado a las féminas. «No hay ningún inconveniente en que una mujer sea defensor del vínculo», comenta, para incidir en que se trata de una figura equiparable, en cierto modo, al Ministerio Público. «Es quien defiende la legalidad del procedimiento», dice Gil Sáez.
«Aquí no es obligatorio el procurador, esa función la realiza el mismo abogado», con lo cual «hay menos burocracia y se reduce el precio» del proceso, apostilla el vicario.
Lo que cuesta la nulidad
«Hay gente que dice: ‘Mi nulidad me ha costado 5.000 euros’. Pues usted falta a la verdad, la nulidad le ha costado las tasas del tribunal. Decir que vale más es una leyenda negra que nos persigue». Así se expresa el vicario judicial de la Diócesis de Cartagena al ser preguntado por cuánto hay que pagar por el procedimiento de la nulidad matrimonial, el más habitual que asume el Tribunal Eclesiástico.
En teoría, pedir (y obtener) la nulidad no tendría que costar nada, puesto que, como recuerdan desde el Obispado, el Santo Padre en el motu proprio Mitis Iudex Dominus Iesus (Jesucristo Juez Clemente) de 2015 estableció la gratuidad del proceso, aunque «teniendo en cuenta la justa y digna retribución de los empleados de los tribunales, y los gastos materiales del Tribunal». «Gastamos mucho teléfono y mucho papel», apunta el vicario.

Gil Sáez, vicario judicial del Tribunal Esclesiástico, en una de las estancias del mismo. / JUAN CARLOS CAVAL
Las tasas de una nulidad en el Tribunal Eclesiástico de Murcia son las siguientes: derechos del Tribunal: 1.169 euros, letrado; 1.021 euros, prueba pericial; 378 euros sobre una parte, o 478 euros sobre los dos cónyuges.
«Por lo tanto, como ya hemos dicho varias veces, y no nos vamos a cansar de repetirlo, una nulidad matrimonial no vale ni 12.000 euros, ni 6.000 euros, como suele comentarse, sólo 2.680 euros redondeando», hacen hincapié desde el organismo. «Las personas que siguen empeñadas en esa leyenda negra hablan desde el desconocimiento, o no dicen que el abogado que contrataron no era del elenco de este Tribunal, sino uno externo que cobró lo que quiso», dejan claro al respecto.
Como la Justicia gratuita
«Además, si los peticionarios de nulidad no pueden hacer frente a esa cantidad, con la documentación requerida se hacen reducciones al 75%, 50%, y 25%; o se concede la exención total», recalcan. A los beneficiarios se les pide «la misma documentación que en el Colegio de Abogados» para acceder a la Justicia gratuita.

El vicario judicial escucha a una mujer en presencia de la notaria, en las instalaciones del Tribunal Eclesiástico de la Diócesis de Cartagena. / JUAN CARLOS CAVAL
«Todas las semanas, una de mis labores pasa por revisar la petición de reducción de tasa o la exención de las mismas», precisa Gil Sáez, que insiste en que a las personas que la solicitan se les explica que han de presentar «toda la documentación» que certifique que no pueden jacer frente a ese desembolso económico.
«En Estados Unidos los procedimientos de nulidad son gratuitos, ellos tienen mucho dinero», detalla el vicario.