La entidad grana, después de que la Audiencia Provincial tumbara su plan de reestructuración privada, se inclina por iniciar un proceso negociador.

GREGORIO LEÓN
El Real Murcia recalcula ruta. Después de que la Audiencia Provincial tirara para abajo su plan de reestructuración privada, con varias impugnaciones que fueron atendidas, el equipo de abogados del club murciano, encabezado por Higinio Pérez, se ha puesto manos a la obra para seguir defendiendo los intereses económicos del club. La entidad grana ha presentado una petición dirigida al Juzgado de lo Mercantil en la que pide autorización para emprender negociación con sus acreedores privados. Dos leyes amparan al Real Murcia en esta formulación: el presupuesto objetivo, contemplado en el artículo 383 del Texto Reformado de Ley Concursal, y el presupuesto objetivo del artículo 584 del mismo texto, que habla de la situación de probabilidad o insolvencia inminente. La formulación de la petición fue efectuada el pasado día 22.
Los pasos dados hasta ahora
1. El Murcia llevó a cabo un expediente que siguió el Juzgado de lo Mercantil número 1.
2. Presentó un plan de reestructuración de su deuda privada el pasado 2 de febrero de 2024, homologado por medio de auto con fecha 2 de mayo de ese año, auto dictado por el Juzgado Mercantil.
3. Las impugnaciones ante la Audiencia Provincial de la sección cuarta depararon una sentencia emitida el 17 de julio de 2025, en la que eran estimadas las demandas incidentales, declarando la ineficacia del plan.
Los artículos en los que se ampara el Murcia
Artículo 583. Cualquier persona natural o jurídica que lleve a cabo una actividad empresarial o profesional podrá efectuar la comunicación de apertura de negociaciones con los acreedores o solicitar directamente la homologación de un plan de reestructuración de conformidad con lo previsto en este libro.
Artículo 584. La comunicación de apertura de negociaciones o la homologación de un plan de reestructuración procederán cuando el deudor se encuentre en probabilidad de insolvencia, insolvencia inminente o insolvencia actual.