El borrador de la Ley del Mar Menor acaba con las macroplantas fotovoltaicas

Solo permite implantar aquellas que sean destinadas a autoconsumo

Vox quiere obligar a los ayuntamientos ribereños a presentar una auditoría anual sobre las redes de saneamiento e implantación de sistemas terciarios

LA OPINIÓN

Vox quiere restringir la implantación de plantas fotovoltaicas en la cuenca vertiente del Mar Menor, exceptuando aquellas destinadas a autoconsumo. Este es uno de los cambios que el Grupo Parlamentario Vox quiere introducir en la Ley de Recuperación y Protección de la laguna y cuyo borrador, al que ha tenido acceso La Opinión, será presentado en los próximos días a sus socios de Gobierno regional.

Esta modificación corresponde al artículo 15, que hace referencia al Plan de Ordenación Territorial de la Cuenca Vertiente. Propone también fomentar la implantación de energías renovables que promueven la economía circular «frente a aquellas que consumen recursos naturales, tienen corta vida útil o presentan bajas tasas de reutilización o reciclado de sus componentes».

Vox ya anunció el mes pasado que trabajaban en una reforma para «implementar las plantas fotovoltaicas en suelo de secano». «No podemos cambiar la huerta de Europa por el huerto solar de Europa», dijo entonces José Ángel Antelo. De esta forma, los de Abascal buscan blindar el suelo destinado a regadío.

Este es uno de los puntos que también defiende la organización SOS Rural, que alega que la industria fotovoltaica es una «excusa» para la expropiación de «terrenos verdes o de producción agraria».

También en el artículo 15 se elimina parte de los objetivos específicos que tenía este Plan de Ordenación, como el de adaptar los usos agrícolas a «usos de carácter sostenible, forestal y turístico». En su lugar, los de Abascal proponen «lograr la compatibilidad de todos los usos del suelo con la conservación y mejora del estado ambiental del Mar Menor».

Depuración

Otra de las grandes batallas de Vox desde que anunció sus intenciones de modificar la Ley de Mar Menor pasa por obligar a los ayuntamientos ribereños a cumplir con los planes de saneamiento y depuración de sus aguas. En el borrador, los de Abascal van más allá y obliga a estos consistorios a realizar una auditoría independiente anual de las redes municipales para «medir el grado de avance» de la separación y extensión de las redes de saneamiento y «grado de conexión de las viviendas a la red, así como la implantación de sistemas terciarios en las EDAR (Estación depuradora de aguas residuales) y reutilización del agua tratada por las mismas». También deberán dar cuenta del grado de implantación de sistemas que eviten el vertido de aguas pluviales al Mar Menor. Esta auditoría, dice el texto, se elevará al Consejo de Gobierno y a la Asamblea Regional.

Los informes deberán incluir datos como el porcentaje de la red separativa de cada municipio, el porcentaje de agua potable perdido, el número de averías, el mapa de tanques de tormenta y los núcleos urbanos sin conexión a la red de saneamiento, entre otros.

También ponen deberes a las EDAR, ya que estas también tendrán que presentar informes anuales al Gobierno y la Asamblea autonómica sobre sus vertidos al dominio público hidráulico, en el caso de que los hubiera.

Menos restricciones

Otra de las novedades que aporta el borrador es que rebaja a rango de reglamento los apartados de la ley que regulan el sector agrícola y ganadero. Para ello se eliminan el capítulo V y la sección primera del capítulo VI, así como el anexo III.

En otras palabras, se derogan los artículos que tratan sobre la restricción de nuevas explotaciones porcinas o sus ampliaciones, las obligaciones de impermeabilización de los sistemas de almacenamiento de deyecciones en las explotaciones ganaderas, la aplicación de estiércol y purines con valor fertilizante y el registro electrónico de movimientos de deyecciones ganaderas.

También desaparecen las obligaciones sobre el sistema de cultivos, la limitación de la actividad agrícola en terrenos próximos al dominio público marítimo-terrestre, la necesidad de contar con derecho de aprovechamiento de aguas, el procedimiento de restitución de cultivos, la obligación de implantación de estructuras vegetales de conservación y fajas de vegetación, las limitaciones en el uso de fertilizantes minerales o la implementación obligatoria de un sistema de reducción de nitratos en la desalobración.

Cuestiones como estas pasarán a ser reguladas en formas de reglamento, por lo que serán más susceptibles de ser modificadas desde la Consejería competente y sin pasar por el Parlamento.

Las organizaciones agrarias siempre se han mostrado a favor de una mayor flexibilización y menor regulación en este sentido. De hecho, las restricciones en el Mar Menor fueron algunas de las quejas oídas por parte de los trabajadores del sector primario en las últimas protestas del campo la semana pasada.

Se impone en la laguna salada un régimen de sanciones más suave

El régimen sancionador de la Ley de Protección y Recuperación del Mar Menor queda bastante más suavizado en el borrador que prepara el Grupo Parlamentario Vox en la Asamblea, que mantiene las infracciones clasificadas en leves, graves y muy graves. Con respecto a la normativa vigente, no hay cambios en el primer nivel, el de los incumplimientos menos importantes.

Las infracciones muy graves como son la de incumplir la orden de restitución de cultivos o la de incumplir la orden de restablecimiento de la legalidad pasarían, si se aplicara el texto elaborado por Vox, a infracciones graves.

Además, las conductas tipificadas como graves, pasarían a muy graves cuando se haya producido daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro la seguridad o salud de las personas mediante una sentencia judicial firme. Esta última parte, que requiere el fallo de un tribunal, no existe en la ley actual. Respecto a las infracciones graves, en buena parte de ellas se modifican algunos puntos para rebajar la importancia de la infracción o bien para eliminar algunas faltas burocráticas, como pueden ser no presentar una memoria o proyecto de restitución en el plazo indicado o no estar inscrita la explotación agrícola en el registro de la Comunidad Autónoma.

Por la comisión de las infracciones leves, la multa era de 2.000 euros hasta 5.000. Vox reduce la horquilla de 2.000 a 4.000. Por las infracciones graves, la multa de sería de 4.001 a 20.000 euros, cuando ahora llega hasta los 50.000. Por último, la comisión de las infracciones muy graves, antes multada con entre 50.001 y 500.000 euros, ahora se podrá sancionar con entre 20.001 y 200.000 euros. Asimismo, cometer faltas graves o muy graves dejará de conllevar, como sanción accesoria, la pérdida del derecho a obtener cualquier tipo de ayuda o subvención de la Comunidad durante el plazo de dos años a contar desde que la sanción sea firme en vía administrativa, algo que sí pasa en la actualidad.

También se elimina el punto que dice que, cuando se trate de infracciones muy graves o graves, se dejará de aplicar como sanción accesoria la suspensión de la actividad agraria por un plazo de uno a tres años. Según la Dirección General del Mar Menor, desde la entrada en vigor de las limitaciones a la actividad agrícola en diciembre de 2019 (cuando la ley no estaba convalidada todavía en la Asamblea) hasta julio de 2023, la suma de todas las multas cuyos casos estaban cerrados y sancionados superaba el medio millón de euros. Algunas de estas llegaban hasta los 60.000 euros, 55.000 euros o 50.000 euros las más altas.