MURCIA/ Dos mil interinos en la Región aspiran a ser indefinidos no fijos tras tres años en su puesto

Una de las últimas protestas del personal interino en Murcia. JUAN CARLOS CAVAL

El Tribunal Europeo rectifica su doctrina y señala que las administraciones públicas no podrán argumentar falta de presupuesto para paralizar la convocatoria de oposiciones

Los interinos que ocupen una plaza vacante en el sector público pasarán a ser considerados como indefinidos no fijos automáticamente si se mantienen en su puesto más de tres años. El Tribunal Supremo ha rectificado su propia doctrina en lo referente a la temporalidad de los contratos en las administraciones públicas tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que consideraba contraria a derecho la jurisprudencia española que permite renovar contratos temporales en el sector público a la espera de procesos selectivos para los que no existe un plazo concreto fijado.

La Sala Cuarta de lo Social del Tribunal Supremo ha establecido que la duración máxima de un contrato de interinidad máxima será la del tiempo que duren los procesos de selección para cubrir la vacante conforme a lo dispuesto en su normativa legal o convencional específica.

A falta de una previsión normativa, el Supremo determina que, con carácter general, una duración superior a tres años del contrato de interinidad debe considerarse «injustificadamente larga», lo que comportará que el trabajador interino pase a ostentar la condición de indefinido no fijo.

Asimismo, establece que el cómputo de tal plazo no puede verse interrumpido por normas presupuestarias que paralicen ofertas públicas de empleo, ya que la cobertura de vacantes cubiertas por trabajadores interinos no implica un incremento presupuestario.

«Esta sentencia pone en conocimiento cómo las administraciones han estado incumpliendo con los contratos temporales», denuncia Antonio Martínez, secretario general de la Federación de Servicios Públicos de UGT. El sindicato señala que la sentencia pone el foco sobre todo en el personal laboral de las Administraciones locales y que en esta situación podría haber en la Región 2.000 interinos afectados.

En sucesivas demandas, UGT ha ganado hasta ahora la totalidad de ellas, unas 400 de personal interino que debían pasar a a ser considerados como indefindos no fijos. El ‘modus operandi’ en la mayoría de ayuntamientos consiste en prorrogar año tras año los contratos programa de los interinos que como tal nunca llegan a finalizar, pero tampoco se acaba con la temporalidad. La sentencia, al ser de la Sala de lo Social del Supremo, no afecta a los funcionarios interinos de las administraciones regionales, remarca el abogado Luis Prieto, del Sindicato Independiente de Docentes, que añade que la Justicia regional ya se había pronunciado en varias sentencias a favor de reconocer a un empleado temporal en indefinido no fijo.

«Algunos ayuntamientos están plagados de contratos programa que mantienen a un trabajador en situación de temporalidad durante 16 o 20 años», según recalca Martínez de los casos que ha gestionado UGT. Pone casos sangrantes en cuanto a la situación laboral de algunos empleados: «En el Ayuntamiento de Fortuna han llegado a tener un 73% de trabajadores temporales, una barbaridad; en Puerto Lumbreras hemos ayudado a 18 personas a ser reconocidas como indefinidas no fijas o en Calasparra a 17».