MURCIA/ La Fiscalía pretende llevar ya a juicio a Mendoza por las obras sin licencia de la UCAM

Fuente: La Verdad
La Universidad Católica pidió al juzgado el archivo de la causa por delito urbanístico, pero el fiscal no solo se opone, sino que reclama que se abra el procedimiento abreviado

Al presidente de la Fundación Universitaria San Antonio UCAM, José Luis Mendoza, le ha salido el tiro por la culata: presentó días atrás una petición de sobreseimiento de las diligencias que tiene abiertas por un presunto delito urbanístico, por la construcción sin licencia de media decenas de edificios en el campus de Los Jerónimos, y se ha encontrado con una petición formal de la Fiscalía para que se dicte auto de procedimiento abreviado (PA), que es la antesala de la apertura de juicio oral. El fiscal delegado de delitos urbanístico y contra el medio ambiente, Miguel de Mata, considera que la investigación judicial, que se inició en 2016 a raíz de una denuncia de Ahora Murcia, está concluida y que existe material incriminatorio suficiente como para dictar esa resolución, que vendría a equivaler al auto de procesamiento y que situaría a Mendoza a un solo paso del banquillo.

Fuentes conocedoras de esta causa han confirmado a ‘La Verdad’ la presentación de un informe por parte del Ministerio Público en el que, antes de reclamar el dictado del mencionado auto de PA, ofrece argumentos jurídicos contra las dos pretensiones del presidente de la Universidad Católica: el archivo de las diligencias y, en caso de que el juzgado no lo acuerde, la suspensión cautelar del procedimiento penal hasta que se resuelva un recurso contencioso-administrativo que ha presentado contra la Comunidad Autónoma.

A través de sus abogados, Mendoza viene insistiendo desde tiempos atrás en que no existe razón alguna para mantener diligencias penales abiertas por un presunto delito urbanístico, para lo cual se basa en que esas obras que realizó sin disponer de licencia serían legalizables. De ahí que en 2015 iniciara los trámites para conseguir la regularización administrativa de esos inmuebles levantados ilegalmente, que pretende conseguir por la vía excepcional del «interés público».

Los letrados del presidente de la universidad privada aducen que los edificios son legalizables en la actualidad, pero el Ministerio Público alega que aunque así fuera, que no lo cree, ello no evitaría que el delito urbanístico se hubiera consumado

Al margen de las posibilidades que esa línea tenga de prosperar, que en la actualidad parecen bastante escasas teniendo en cuenta los informes contrarios que se han emitido por parte de los técnicos de la Dirección General de Cultura, las fuentes mencionadas explican que la Fiscalía rechaza que ello pudiera difuminar las supuestas responsabilidades penales ya contraídas. Y es que el fiscal De Mata habría hecho constar en su informe que el delito urbanístico estaría consumado desde el mismo instante en que se ejecutaron las obras sin licencia, teniendo en cuenta que en aquel momento no se daban las circunstancias para una posible legalización de esos edificios.

Anexión de otros terrenos

El hecho de que a posteriori la Fundación Universitaria San Antonio haya podido realizar diversos movimientos y operaciones dirigidas a crear esas condiciones para la regularización urbanística del campus, como la de adquirir nuevos terrenos y anexarlos a los existentes para tratar de justificar los excesos cometidos en el volumen de edificabilidad, no evitarían que el supuesto delito urbanístico estuviera -como mantiene el Ministerio Fiscal- ya cometido.

Tal y como desveló ‘La Verdad’ hace tres años, las seis construcciones que motivaron la apertura de estas diligencias en el Juzgado de Instrucción número 5 de Murcia, que dirige la magistrada María del Mar Azuar, son un aulario de 2.484 m2, un laboratorio (261 m2), un almacén (386 m2), un porche (81 m2), una cafetería (235 m2) y una caseta auxiliar (32 m2), que ocupan una superficie total de 3.479 m2.

Al hecho de que esos edificios se levantaran sin la preceptiva licencia se suma un elemento de especial gravedad, como es que esos inmuebles estén enclavados en un suelo no urbanizable de especial protección paisajística, como lo es el entorno del Monasterio de los Jerónimos, que tiene categoría de monumento.

Como la Administración regional no se ha pronunciado expresamente sobre la petición de la UCAM de que se regularizaran esas obras «por razón de interés social», y el silencio administrativo equivale en este caso a una respuesta negativa, los servicios legales de la universidad han presentado un recurso contencioso-administrativo para tratar de revertir esa situación.

Mientras ese procedimiento contencioso se resuelve, la UCAM ha reclamado la suspensión de las diligencias penales, que es algo a lo que también se ha opuesto la Fiscalía. La razón esgrimida, señalan las mismas fuentes, viene a insistir en que, incluso en la hipótesis de que el juzgado de lo contencioso considerara que las obras son ahora legalizables, ello no impediría que se siguieran depurando las responsabilidades penales contraídas.

Penas de hasta tres años

El artículo 319 del Código Penal, que es el que castiga los delitos urbanísticos, fija «penas de prisión de un año y seis meses a cuatro años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a cuatro años, a los promotores, constructores o técnicos directores que lleven a cabo obras de urbanización, construcción o edificación no autorizables en suelos destinados a viales, zonas verdes, bienes de dominio público o lugares que tengan legal o administrativamente reconocido su valor paisajístico, ecológico, artístico, histórico o cultural».