MOLINA/ El juez respalda a Cs por la expulsión de los concejales que apoyaron a Clavero

Rechaza la readmisión que pedían Estanislao Vidal y otros dos ediles porque se trata de «expedientes internos»

LA VERDAD

«Los procedimientos siguieron las normas estatutarias vigentes en el momento de su tramitación, no pudiendo olvidar que estamos ante expedientes sancionadores internos de un partido político y no ante procesos en vía jurisdiccional». El titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Molina avala con estas palabras la decisión adoptada por Ciudadanos de expulsar a los concejales molinenses que apoyaron a la actual regidora, Esther Clavero, en la votación para el cambio de alcaldía.

Tres de los cinco ya exdirigentes de la formación naranja en Molina (Estanislao Vidal, Alberto Aguilar y Trinidad Romero) han perdido la batalla legal contra Ciudadanos, que los expulsó por desobedecer las órdenes de la dirección regional al no apoyar la lista más votada y mostrar su respaldo a la actual alcaldesa socialista durante su investidura en marzo de 2016. El juez rechaza que tengan que ser readmitidos en dicho grupo político y niega que se produjera vulneración de los derechos fundamentales, tal y como ellos denunciaron.

Los tres concejales presentaron una demanda contra Ciudadanos. La sentencia, que está en poder de ‘La Verdad’, sostiene que «en la tramitación de los expedientes puede apreciarse que hubo una activa intervención de los expedientados en los mismos, verificando alegaciones, proposición de prueba e incluso recursos». El escrito prosigue relatando que «se respetó una fase instructora y otra decisoria, dando los oportunos traslados a los expedientes -de expulsión-, que verificaron sus alegaciones e incluso proposición de pruebas, llegando a opinar -los demandantes- ante los medios sobre los procesos, lo que demuestra que en todo momento fueron plenamente conocedores de los expedientes y sus hitos».

El juez entiende que «la discrepancia sobre la decisión final de los expedientes -tramitados por Cs- o sobre las irregularidades en su tramitación pudo haber sido objeto de recursos en vía administrativa, pero no puede apreciarse una vulneración de derechos en esta vía jurisdiccional civil». El fallo deja claro que «no es admisible extrapolar principios propios de procesos judiciales a expedientes internos disciplinarios de partidos políticos».

Condenados a las costas

En el texto, el titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Molina de Segura desestima la demanda que en su día interpusieron Estanislao Vida, Alberto Aguilar y Trinidad Romero contra el partido Ciudadanos, «no apreciando vulneración alguna de derechos fundamentales en la tramitación de los expedientes disciplinarios de los actores como concejales del partido».

Además, el juez los condena a abonar las costas procesales, «haciéndoles saber que esta sentencia es recurrible en apelación en un plazo de veinte días».